Jalisco

¿Debe refrendo o multas? Podrá pagar con descuento

+ Habrá facilidades para pagar hasta en 12 meses

Las personas propietarias de vehículos con adeudos en refrendos, multas de movilidad u otros créditos fiscales, podrán acceder a descuentos y facilidades de pago como parte de un programa del Servicio Estatal Tributario (SET), vigente del 1 de agosto al 30 de septiembre.

El esquema contempla un descuento del 50 por ciento en multas de movilidad aplicadas durante 2025 y años anteriores, con excepción de las sanciones por conducir en estado de ebriedad o por invadir el carril exclusivo de Mi Macro.

Además, quienes opten por firmar un convenio de pago en parcialidades podrán obtener un descuento del 70 por ciento en los recargos generados por sus adeudos.

De acuerdo con el jefe del Servicio Estatal Tributario, Carlos Arias Madrid, el programa podría beneficiar a más de 822 mil propietarios de vehículos que actualmente presentan algún adeudo, de los cuales alrededor de 741 mil corresponden a personas físicas y cerca de 80 mil a personas morales.

El funcionario recordó que, cuando no se cumplen las obligaciones fiscales, la autoridad puede iniciar procedimientos administrativos de cobro que incluyen requerimientos de pago, gastos de ejecución e incluso el embargo del vehículo.

Como parte del programa, también será posible realizar el trámite de canje de placas para quienes no lo habían hecho debido a los adeudos acumulados.

Los convenios de pago podrán celebrarse en las 15 recaudadoras del Área Metropolitana de Guadalajara y en las cabeceras distritales del interior del estado, mientras que los descuentos en multas estarán disponibles en las 135 oficinas recaudadoras de Jalisco.

Los plazos para cubrir los adeudos dependerán del monto, de 5 mil a 8 mil pesos: hasta tres meses, de 8 mil a 15 mil pesos: hasta seis meses, de 15 mil a 50 mil pesos: hasta nueve meses y de más de 50 mil pesos: hasta doce meses. 

Para acceder al programa, las personas físicas deberán presentar una identificación oficial vigente y el documento que acredite la propiedad del vehículo. En el caso de personas morales, será necesario acreditar la personalidad jurídica del representante legal.

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