No es obligatoria
Atendiendo una indicación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso de Jalisco eliminó oficialmente de la legislación local la obligatoriedad de contar con cédula profesional estatal y su certificación cada cinco años.
Ante una propuesta del entonces gobernador Aristóteles Sandoval, los legisladores del PRI, PAN, MC, PRD y PVEM aprobaron el 22 de octubre de 2015 la nueva Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado, en la que se incluyó la obligación de tener cédula estatal y certificación profesional para poder ejercer en Jalisco la actividad que así lo exija.
Sin embargo, la SCJN determinó que era inconstitucional la cédula profesional temporal en Jalisco, así como la obligación de certificarla periódicamente, así que los diputados locales anunciaron que enmendarían el “error”, lo cual se concretó este jueves.
En sesión de Pleno del Congreso, diputados aprobaron ajustar la Ley de las Actividades Profesionales para establecer que la certificación de competencias profesionales será un proceso voluntario en Jalisco, y desaparece la obligación de los profesionistas de tener que certificarse para ejercer en la Entidad.
“Particularmente se quita el requisito como obligatorio para obtener una cédula, la capacitación de cada cinco años (…). La capacitación se puede seguir haciendo y es lo que buscamos, que los Colegios puedan seguir capacitando, las universidades capacitando profesionistas, y que la acreditación sea un plus para brindar un mejor servicio”, expuso el diputado de Hagamos, Enrique Velázquez.
“El derecho al trabajo no puede ser vulnerado (…). La cédula profesional es obligatoria, sin embargo, no es obligatorio que tengas una capacitación cada cinco años para que te la puedan entregar”, agregó.