• En Tepa no será necesario porque todos acatan la medida
Aunque en la zona metropolitana de Guadalajara, a partir de este fin de semana se comenzará a multar y clausurar a los negocios que hagan caso omiso en la petición del certificado de vacunación contra COVID-19 o prueba PCR negativa en antros, bares, salones de fiesta, casinos y conciertos, en Tepatitlán no ha sido necesaria llegar a este punto, debido a que ha habido una buena respuesta por parte de los negocios para acatar esta medida.
Desde el pasado 14 de enero, para ingresar a los antros, bares, salones de fiesta, casinos, conciertos y estadios, es necesario presentar el certificado de vacunación contra COVID-19 o prueba PCR negativa, en Tepatitlán la mayoría ha hecho caso de esta medida, los que no, han sido apercibidos por los inspectores de reglamentos y hasta el momento ninguno ha vuelto a caer en esa falta.
Desde la jefatura de comunicación social, se señaló que los bares han sido los más dispuestos a acatar la medida, sin embargo, han sido los restaurantes-bares que ya entrada la noche se vuelven más bar, quienes han mostrado más renuencia y molestia por tener que pedir el certificado, sin embargo, a pesar de esa molestia, han terminado por aplicar el protocolo, a fin de evitar alguna multa.
Venta de certificados, un nuevo negocio
A partir de que en Jalisco se volvió obligatorio mostrar el certificado, algunas personas han comenzado a hacer su agosto tratando de vender certificados de vacunación falsos. En Guadalajara hay quienes lo ofrecen en $3,500 o hasta en $8,000 si lo necesitan para viajar fuera del país, en Tepatitlán también comienzan a ofrecer este servicio.
Sin embargo, la compra podría no ser una buena idea, ya que en primer lugar es muy probable que la persona sea estafada, ya que el código QR no puede ser alterado, y además si eres descubierto, según el artículo 162 del Código Penal del Estado, se pueden imponer de dos a seis años de cárcel por la alteración o falsificación del comprobante oficial.
Y en el Código Penal federal la sanción es mayor. En el artículo 243 se refiere que este delito se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años.
Las sanciones también se aplicarán contra gestores o facilitadores de este tipo de delitos, por lo que se mantendrán en alerta para detectar estas empresas.