• Pero deben quemar 10 hectáreas mínimo para ser sancionados
Quienes provoquen incendios en Jalisco ya pueden ser sancionados con multas y cárcel, tras la aprobación del delito de “ecocidio” en el Código Penal del Estado, al que se le dio luz verde por unanimidad a fines del pasado marzo.
Como resultado de la incidencia en los incendios forestales y las afectaciones que provoca al medio ambiente, los diputados integrantes de la 58 Legislatura aprobaron incluir un título denominado Delitos Contra el Ambiente en el Código Penal estatal.
El “ecocidio” se define como “daño, destrucción o pérdida total o parcial, vasta, duradera o grave de uno o más ecosistemas, en un territorio determinado, de tal manera que el disfrute de las especies habitantes y el equilibrio ecológico se vea limitado”, y tendrá como castigo hasta veinte años de prisión y multa de hasta cuatro millones de pesos.
La coordinadora de la fracción del PAN, Claudia Murguía Torres, autora de la reforma, explicó que se podrá considerar ecocidio si el daño abarca por lo menos diez hectáreas, lo clasifican como daño duradero cuando la afectación y sus impactos duran al menos un periodo de cuatro meses, y un daño grave cuando la alteración pone en riesgo la salud de las personas o genera afectación irreparable a los recursos naturales.