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Opinión

Enfrentaremos un impuesto más en el recibo de luz para el 2025

Por Oscar Rivera

A partir del próximo año, los tepatitlenses enfrentaremos un nuevo cobro en los servicios, el cual será de 50 pesos bimestrales por concepto de alumbrado público. Una tarifa que, a primera vista, podría parecer insignificante, pero que en realidad representa mucho más que un simple costo adicional en el recibo de la luz.

Empecemos con lo fundamental: el alumbrado público es una obligación constitucional. El artículo 115 de nuestra Carta Magna, en su fracción III, inciso b), es claro y preciso al ordenar que los municipios, como el de Tepatitlán, deben prestar este servicio a sus ciudadanos. ¿Por qué entonces, se nos impone un nuevo cobro por algo que debería estar garantizado por ley?

Para comprender mejor, recordemos que la prestación de servicios públicos como el alumbrado, no es una opción, sino una responsabilidad directa del gobierno municipal. Este servicio esencial no solo ilumina nuestras calles, sino que también contribuye a la seguridad y a la calidad de vida en nuestras comunidades. Es una actividad que busca satisfacer nuestras necesidades básicas y mejorar nuestras condiciones de vida. Pero, ¿cómo podemos hablar de mejorar nuestras vidas cuando, de repente, el municipio decide que debemos pagar más por algo que, según la Constitución, ya estamos pagando?

Este nuevo cobro ha generado indignación entre los ciudadanos. No es difícil entender por qué. En algunas colonias y calles de Tepatitlán, ni siquiera hay luminarias, y en otras, las que existen no funcionan adecuadamente. Entonces, ¿cómo justifica el Ayuntamiento el cobro de 50 pesos por un servicio que ni siquiera se proporciona de manera efectiva en todo el municipio? Es como si nos cobraran por un banquete, pero al final solo nos sirvieran migajas.

Además, no olvidemos que este cobro no es, en absoluto, un servicio gratuito. Aunque la Constitución establece que los municipios deben prestar servicios públicos como el alumbrado, también sabemos que, en la práctica, estos servicios se financian con los impuestos que ya pagamos. El Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el predial, y hasta el pago del agua potable, todos contribuyen a los ingresos del municipio. Entonces, ¿por qué necesitamos pagar más?

La contradicción es evidente. Si el municipio tiene la obligación de prestar el servicio de alumbrado y ya estamos contribuyendo a través de nuestros impuestos, el cobro adicional de 50 pesos bimestrales parece una carga injustificada. Se supone que estos recursos adicionales deberían ser usados para mejorar el servicio, pero la falta de transparencia en la gestión de los fondos públicos hace que nos cuestionemos si realmente será así.

Desde la perspectiva del gobierno municipal, podría argumentarse que este cobro es necesario para asegurar la sostenibilidad financiera del servicio. Sin embargo, si este es el caso, ¿por qué no se ha comunicado de manera clara y transparente a la población? La falta de comunicación y la imposición de este cobro sin una justificación sólida solo han servido para aumentar el descontento y la desconfianza en nuestras autoridades.

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Y aquí es donde surge una pregunta clave: ¿Qué pasa cuando un gobierno municipal no cumple con sus responsabilidades fundamentales? Es alarmante ver cómo, en algunos lugares, los municipios se desvían de sus funciones principales para dedicarse a actividades que, aunque interesantes, no son prioritarias. Eventos, premios, y ferias gastronómicas son excelentes para la comunidad, pero no pueden sustituir la obligación de brindar servicios públicos de calidad. El alumbrado público ha sido, desde siempre, una obligación constitucional de los municipios.

En una reciente sesión de Ayuntamiento se aprobó el nuevo reglamento de alumbrado público que contempla este cobro, el cual se incluyó en la propuesta de ley de ingresos para el ejercicio 2025, donde se establece que los propietarios de inmuebles en Tepatitlán debemos contribuir con 25 pesos mensuales por el derecho al alumbrado público, lo cual le permitirá recaudar un aproximado a 23 millones de pesos por año.

Dicen que esta medida podría extenderse a otros municipios del Estado, siguiendo la recomendación del INDETEC (Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas), el cual es un organismo del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, según lo determina el Artículo 16, Fracción III y 22 de la Ley de Coordinación Fiscal, instituida para ese efecto en 1980, y cuyas funciones son la realización de tareas tales como: apoyo en materia de capacitación, asesoría y consultoría técnica; realización de estudios e investigaciones fiscales; informar y difundir todo lo relacionado con la fiscalización; así como la de participar como Secretario Técnico de la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales. Pero debemos preguntarnos: ¿Son estas recomendaciones más importantes que lo que dicta nuestra Constitución? 

El cobro de 50 pesos bimestrales por el alumbrado público en Tepatitlán no es solo una cuestión económica; es un reflejo de cómo nuestras autoridades están gestionando los recursos y responsabilidades que les han sido conferidos. 

Para terminar, el Ayuntamiento de Tepatitlán debe reconsiderar esta decisión. El alumbrado público no es un lujo, es un derecho. Y como tal, debe ser garantizado sin imponer cargas adicionales a la población. Es hora de que nuestras autoridades cumplan con sus obligaciones y dejen de buscar excusas para cobrarnos por lo que ya deberíamos estar recibiendo. Porque, al final del día, la luz que necesitamos no es la que viene con un costo extra, sino la que ilumina nuestras calles y nuestras vidas, como lo establece nuestra Constitución.

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