Correcciones al acta de nacimiento por fin podrán hacerse de forma sencilla, luego de que el Congreso de Jalisco avaló que no se necesita un juicio para hacer los cambios.
Con el propósito de que las correcciones a las actas de nacimiento se puedan hacer sin abrir un juicio, la Comisión de Estudios Legislativos del Congreso estatal avaló cambios a la Ley del Registro Civil del Estado, para que los ajustes se hagan con un trámite administrativo.
La diputada María Padilla Romo, presidenta de la Comisión, comentó que esto aplicaría cuando existan abreviaturas de nombres propios.
“Que la gente cuando tenga un error en su acta de nacimiento no tenga que llevar un juicio engorroso, contratar abogado y gastar; que simplemente pueda llevar al registro civil o al notario la solicitud y aclarar el tema. Un ejemplo es cuando una persona en su acta tiene María de los Ángeles, en la de matrimonio tiene Ma. de los Ángeles; en ese caso se puede subsanar”, explicó.
Además, sería aplicable cuando el registrado haya utilizado una fecha de nacimiento o un nombre propio diferente al asentado en el acta y que el modificarlo no afecte su filiación y no se trate de los apellidos.
También en los casos en que los padres hayan rectificado o aclarado sus actas y sea interés de los descendientes modificar las propias en los mismos términos.
La iniciativa fue presentada por el diputado panista Julio César Hurtado Luna y está pendiente que se vote en el pleno del Poder Legislativo para que entre en vigor un día después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.